El juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha tomado la decisión de revocar la semilibertad concedida por el Gobierno Vasco a María Soledad Iparraguirre Guenechea, conocida como Anboto, y a Juan Ramón Carasatorre, apodado Zapata. Esta revocación se ha producido en el transcurso de este miércoles, lo que significa que ambos prisioneros ya no podrán salir de la cárcel de lunes a viernes, como les permitía la anterior resolución del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, dirigido por la consejera María Ubarretxena.
Desde marzo y febrero, respectivamente, Iparraguirre y Carasatorre habían estado disfrutando de este régimen de semilibertad, que les obligaba a regresar solo por las noches. Sin embargo, esta decisión ha sido recurrida por la Fiscalía, lo que ha llevado al magistrado a reconsiderar la situación. La revocación es, además, un procedimiento recurrible, lo que indica que podría haber más desarrollos en este caso.
En los autos de revocación, el juez hace hincapié en la necesidad de revisar la legislación que regula las semilibertades, específicamente en relación con el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Este artículo permite a los internos beneficiarse de esta modalidad sin un control judicial previo, a diferencia de lo que ocurre con otras clasificaciones de régimen abierto. Castro menciona que este proceso puede dar lugar a situaciones complicadas, como el regreso a prisión de aquellos que han comenzado a disfrutar de estos beneficios.
El juez señala que la situación actual es una «ucronía inversa», subrayando que la excarcelación anticipada genera falsas expectativas en los reclusos y provoca desasosiego entre las víctimas y la ciudadanía. A su juicio, debería instaurarse un procedimiento más riguroso que implique esperar tanto la decisión judicial como la resolución de la apelación antes de que se concedan las semilibertades.
Asimismo, Castro propone que el recurso del fiscal suspenda la aplicación del artículo 100.2 de forma automática hasta que se tome una decisión judicial. Esto se asemejaría al tratamiento que recibe el tercer grado penitenciario. A través de esta modificación legal, se podría establecer un régimen intermedio que favorezca una mejor observación de la evolución del recluso.
La revocación de la semilibertad de figuras como Iparraguirre y Carasatorre pone de manifiesto las tensiones existentes en el ámbito penitenciario en España, especialmente en relación con los delitos de terrorismo. Este caso particular ha generado un amplio debate sobre la eficacia y la justicia de los beneficios penitenciarios, así como sobre el impacto de estas decisiones en la sociedad.
La situación actual resalta la necesidad de un enfoque más equilibrado que contemple tanto los derechos de los reclusos como el respeto a las víctimas y a la opinión pública. La propuesta del juez Castro podría dar lugar a un debate necesario sobre la legalidad y la efectividad de las leyes actuales, en un contexto donde la memoria histórica y la justicia siguen siendo temas de gran relevancia social.




























































































