El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado el recurso presentado por el Gobierno Vasco y ha confirmado que una agente de la Ertzaintza tiene derecho a modificar su calendario laboral para facilitar la conciliación de su vida familiar y laboral. Esta decisión se basa en el régimen de custodia compartida establecido tras su divorcio. La sentencia, emitida el 12 de noviembre de 2025, ratifica la resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Vitoria-Gasteiz, que ya había respaldado la posición de la agente, quien se encuentra destinada en una comisaría en Gipuzkoa.
Los antecedentes de este caso se remontan a octubre de 2020, cuando la agente solicitó la posibilidad de organizar su trabajo en «semanas alternas» adaptando su horario a los ciclos acordados en el convenio de divorcio. Para implementar este sistema, pidió una adaptación de su calendario laboral. Esta solicitud recibió el apoyo del jefe de su comisaría, quien declaró en el juicio que la estructura interna del departamento permitía llevar a cabo esta propuesta sin afectar la operatividad del servicio.
No obstante, a pesar de contar con esa aprobación interna, la Dirección de Recursos Humanos del Departamento de Seguridad rechazó su solicitud en marzo de 2021. La negativa se justificó en que dicha adaptación no estaba contemplada en el Acuerdo Regulador de Condiciones de Trabajo de la Ertzaintza y que existían alternativas, como la reducción de jornada, a las que la agente podía acogerse.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha considerado que las razones esgrimidas por la administración eran «vacías de contenido». En su fallo, el tribunal criticó a la administración por no haber justificado adecuadamente por qué la modificación solicitada no se ajustaba a las funciones de la agente ni por qué resulta incompatible con el servicio público. Además, la sentencia subraya que es deber de la Administración ofrecer una motivación concreta cuando se deniega una solicitud que afecta a un derecho fundamental como es la conciliación familiar. En este contexto, se ha puesto de manifiesto que no se presentó ningún impedimento real que justificara la negativa, ya que se habían concedido adaptaciones similares a otros funcionarios anteriormente.
Este caso resalta la necesidad de revisar y adaptar los procedimientos de conciliación laboral en sectores donde la demanda de servicios es constante y la flexibilidad puede ser crucial para el bienestar de los empleados. La sentencia no solo afirma los derechos de la agente, sino que también establece un precedente importante para otras situaciones similares en el futuro, reafirmando la importancia de la conciliación en el ámbito laboral, especialmente en profesiones con un alto nivel de compromiso y exigencia, como es el caso de la Ertzaintza.






























































































