El Gobierno Vasco ha tomado una importante medida en su lucha contra la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC) al aprobar una nueva orden que modifica las medidas preventivas vigentes. Esta nueva normativa establece la prohibición de ganado bovino en ferias y eventos, además de mantener la desinsectación obligatoria y requerir un período de vigilancia veterinaria oficial de 28 días para las especies sensibles que provengan de explotaciones fuera del territorio vasco.
El anuncio fue realizado a través de un comunicado en el que se especifica que la orden actual deja sin efecto la anterior emitida el 19 de diciembre de 2025. El objetivo es adaptar las medidas de prevención y control a la evolución de la situación epidemiológica, garantizando así una respuesta más efectiva ante la enfermedad.
Entre las disposiciones más destacadas, se menciona que no se permitirá la presencia de ganado bovino en ferias, concursos, certámenes, herri kirolak, romerías, mercados y eventos temporales. Sin embargo, las Diputaciones Forales tienen la potestad de autorizar, de manera excepcional, la presencia de ganado que provenga de una misma explotación. Esto estará sujeto a que los animales regresen a su lugar de origen tras el evento y se realice una evaluación del riesgo sanitario.
Además, se establece que los vehículos utilizados para el transporte de ganado deberán cumplir con estrictas normas de limpieza y desinfección. La normativa también especifica que seguirá siendo obligatoria la desinsectación de los vehículos y de los animales, a excepción de aquellos que sean enviados directamente al matadero. La documentación que acompañe a los animales debe incluir un certificado de limpieza y desinfección emitido por un centro autorizado, así como una declaración responsable de haber llevado a cabo la desinsectación requerida.
Los bovinos y otras especies vulnerables que lleguen desde fuera de Euskadi estarán sujetos a un periodo de 28 días de vigilancia veterinaria oficial, durante el cual deberán mantenerse desinsectados. Este marco de control también implica que las explotaciones que reciban nuevos animales estarán inmovilizadas cautelarmente durante el tiempo que determinen los servicios veterinarios, afectando a todos los animales presentes en la explotación en el momento de la entrada.
En el caso del territorio histórico de Gipuzkoa, hasta que se alcance una cobertura vacunal del 95% en las explotaciones y del 75% en la cabaña ganadera, los movimientos de bovino dentro y fuera de Euskadi se realizarán bajo un protocolo coordinado entre el Gobierno Vasco y las tres Diputaciones Forales. Una vez que se logre esta cobertura, se aplicarán los protocolos establecidos por la autoridad competente.
El Gobierno Vasco ha reiterado su mensaje al Ministerio de Agricultura del Gobierno español, subrayando la necesidad de extender la vacunación frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa a todo Euskadi, y no limitarla solo al territorio histórico de Gipuzkoa, como ha defendido hasta ahora el Ministerio. Este enfoque busca una protección más amplia y efectiva en la sanidad animal en la región.
Finalmente, la consejera María Ubarretxena ha señalado que «la verdadera garantía es la vacunación completa». Esta declaración enfatiza el compromiso del Gobierno Vasco por alcanzar la mayor cobertura vacunal posible, tanto en las explotaciones como en la cabaña ganadera, con el fin de proteger la sanidad animal y asegurar el futuro del sector ganadero en la comunidad.





























































































