La situación administrativa de la sede de la Agencia Tributaria, ubicada en el número 20 de la calle Okendo, se regularizará tras una orden emitida el 17 de julio por el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Donostia. Esta decisión se produce después de que el consistorio detectara que el edificio no contaba con la licencia de actividad correspondiente, lo que llevó a otorgar un plazo de 15 días para la legalización necesaria.
En respuesta a este requerimiento, el Estado presentó un recurso de reposición al Ayuntamiento, el cual fue desestimado el 24 de noviembre. Posteriormente, el Abogado del Estado interpuso un recurso contencioso-administrativo en los Juzgados de Donostia, pero el fallo del 28 de enero fue desfavorable para el Estado, ya que se rechazó la solicitud de suspender la orden de Urbanismo como medida cautelar. La jueza argumentó que la parte recurrente no había demostrado que la ejecución de la resolución municipal causara perjuicios irreparables.
En su argumentación, el Abogado del Estado advirtió que el cierre del edificio «causaría una gravísima perturbación y abocaría al teletrabajo». Sostuvo que, dado que ya había transcurrido el tiempo para cumplir con el requerimiento de legalización, el Ayuntamiento podría iniciar los trámites para clausurar el inmueble, que alberga tanto la sede de la Agencia Tributaria en Gipuzkoa como una oficina de la Hacienda Foral. Según su exposición, la clausura privaría a los ciudadanos de atención presencial, generando una alteración significativa en un servicio esencial.
El Abogado del Estado también insistió en que la Agencia Tributaria presta un «servicio de interés general» fundamental para garantizar que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones fiscales. Esto incluye facilitar el pago de deudas tributarias y resolver las consultas de los ciudadanos en relación con la Hacienda estatal. En este contexto, la jueza subrayó que era necesario evaluar los posibles perjuicios de no suspender la ejecución de la orden de clausura, aunque, en el momento de dictar sentencia, esta no se había materializado.
El Ayuntamiento de Donostia aún no había iniciado el expediente para la clausura del inmueble, cuya situación está en vías de regularización. En el requerimiento inicial de Urbanismo se mencionaba que la actividad podría ser clausurada «si las circunstancias lo aconsejan», previa audiencia a la persona interesada. Asimismo, en la resolución que desestimó el recurso de reposición, se indicaba que el incumplimiento del requerimiento daría lugar a iniciar los trámites para la clausura del edificio.
Finalmente, la sentencia concluyó que la parte recurrente no había presentado pruebas de daños y perjuicios que fueran «imposibles o difíciles de reparar» en caso de no suspender el requerimiento de legalización. Así, la medida cautelar solicitada por la Agencia Tributaria fue desestimada. No obstante, no fue necesario que el Ayuntamiento comenzara el expediente de clausura del edificio, lo que habría alterado gravemente la operativa de los servicios que allí se llevan a cabo.
En las últimas semanas, tanto la Administración del Estado como el Ayuntamiento han mantenido conversaciones que han permitido alcanzar un acuerdo para avanzar en la legalización de la actividad de la sede de Okendo. Según fuentes municipales, la Agencia Tributaria ha presentado la documentación requerida y, siempre que esta cumpla con los requisitos establecidos, el Departamento de Urbanismo procederá a aprobar la licencia, lo que llevará a una regularización definitiva de la situación.































































































