La Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la productora Live Nation España contra la resolución que absolvió a Robe Iniesta, líder de Extremoduro, y a su representante, El Dromedario Records, en relación con la anulación de la gira de despedida de la banda. Esta decisión ratifica el fallo emitido en noviembre de 2023 por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona.
La reclamación de Live Nation consistía en solicitar a Iniesta la devolución de una parte de la fianza no recuperada, que ascendía aproximadamente a 1,36 millones de euros, además de 2,92 millones de euros por supuestos daños y perjuicios derivados de la cancelación de la gira y de las declaraciones públicas del artista que la promotora consideraba difamatorias.
El tribunal determinó que no hubo una “pérdida sobrevenida de la causa” que justificara la cancelación de los contratos. De hecho, fue Live Nation quien incumplió los acuerdos al cancelar de manera unilateral la gira en julio de 2021. La sentencia destaca que, tras el inicio de la pandemia de COVID-19, ambas partes firmaron varios anexos para reprogramar los conciertos, y que la productora aceptó que las fechas no eran un aspecto esencial, permitiendo aplazamientos si no había seguridad sanitaria absoluta.
La decisión de Robe Iniesta de no establecer fechas en un contexto de incertidumbre sanitaria fue considerada como totalmente justificada. Por otro lado, la resolución de la promotora de romper negociaciones y exigir reembolsos fue calificada como unilateral e injustificada.
Asimismo, la Audiencia desestimó la petición de Live Nation de recibir una indemnización de 2,9 millones de euros por supuestos daños reputacionales derivados de los comunicados de Iniesta. La sentencia concluye que el artista actuó en defensa de su reputación ante las quejas de los seguidores, y que la responsabilidad recaía sobre la productora.
Al ser Live Nation la parte que incumplió los acuerdos, el tribunal confirmó que los artistas tienen derecho a retener las cantidades percibidas, en este caso más de 1,3 millones de euros relacionados con la sociedad vinculada a Iniesta. Además, se rechazó el allanamiento de Iñaki Antón y otras empresas, ya que aceptarlo perjudicaría a terceros y contradiría los hechos probados. Por último, Live Nation ha sido condenada al pago de las costas procesales de la apelación. Esta resolución puede ser objeto de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.































































































